lunes, 20 de junio de 2011

Los medios electrónicos

El  todas las conferencias que he impartido   sobre    facturación  electrónica la mayoría  de los  asistentes al  evento solo tenían en  mente resolver sus inquietudes sobre la  facturación en materia  fiscal,  sin  embargo la  factura no  es solamente un   comprobante  fiscal ya  que en una  praxis indebida se le ha  dado en  ocasiones   ciertos  atributos que no le  corresponden tales  como el uso  de titulo  de propiedad,  ya que  al interponer una  denuncia de  robo siempre  se solicita la  factura  para  acreditar   la propiedad y  también para  el  reclamo  de  daños  ante una  compañía  aseguradora,  o que  sucede cuando  vendemos un  vehiculo,  indebidamente las personas  “endosan” las facturas que  es una institución jurídica que no puede  ser aplicada a una  factura y que solo se ha permitido por la practica, también  se le ha  dado  a la  factura  el  atributo  de titulo  de crédito  cuando  se inserta un pagare en  dicho  documento, al  facturar  ahora  de manera  electrónica invariablemente  va  traer consigo algunas  situaciones que se tienen que  tomar en cuenta, la información que  generan las empresas día con  día se van  a necesitar en un futuro  tal seria el  caso de una auditoria de parte  de las  autoridades fiscales o  del cobro de  facturas por incumplimiento  de pago de parte de nuestros  clientes, se tendria que  interponer un juicio  ante los órganos jurisdiccionales,  aquí  para  que las empresas puedan  acreditar las notificaciones por  vía  electrónica tienen que  cumplir con una  serie de  requisitos que  establece el Código de Comercio en  su  capitulo de Comercio Electrónico y  de la Norma Oficial Mexicana numero NOM 151 SCFI 2002 que  contiene una serie de lineamientos técnicos  especializados que habrán de seguirse para dotar de plena validez al mensaje de datos;  y  que  puedan servir como prueba en los  juicios tanto  civiles como  mercantiles,  es  decir  la  creación  de  facturas,  su  envío, su archivo, su  recepción por  parte del cliente, la  aceptación  del  cliente,  y  los  contratos que por  vía  electrónica se celebren deben cumplir  con los lineamientos que imponen las diversas leyes para poderlos  hacerlos  valer en  juicio.  Es  decir  desde  este  momento las  empresas que  envían  datos, y que  celebran contratos por vía electrónica deben  de cumplir con la normatividad exigida por las leyes.
La Tecnología es una evolución de la mentalidad humana” Alexander Matamoros Caro

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