El día 17 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de Ayuda alimentaria para los trabajadores. Según la exposición de motivos esta ley tiene por objeto promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional. La ley establece que Los patrones podrán optar, de manera voluntaria o concertada, por otorgar a sus trabajadores ayuda alimentaria en alguna de las modalidades establecidas en la propia ley de referencia. Se señala que los patrones podrán establecer esquemas de ayuda alimentaria consistentes en comidas proporcionadas en comedores, restaurantes o cualquier otro tipo de establecimiento, también se refiere a que la ayuda alimentaría podrá otorgarse en despensas consistentes en canastillas de alimentos o en vales en formato impreso o electrónico. Hasta aquí se puede pensar que dicha Ley es favorable ya que esta velando por la alimentación de los trabajadores de la empresa, el problema se presenta que la ayuda alimentaria es opcional para los patrones tal y como ya esta regulada tanto en la Ley del Seguro Social y en la Ley del Impuesto Sobre la Renta, esta nueva Ley no trae ningún beneficio o estimulo adicional para el patrón y por el contrario impone sanciones muy fuertes en caso de incumplimiento de los procedimientos que se establecen en caso de alguna de irregularidad en los controles administrativos. Lejos de fomentar la ayuda alimentaria para los trabajadores, esta Ley lo inhibe en virtud de las sanciones y requisitos, La pregunta que se hacen todas las empresas que ya tienen un programa de ayuda alimentaria o de vales de despensa en las empresas, es si tienen que cumplir con los nuevos requisitos de la nueva Ley, aquí hay dos opiniones encontradas, la primera en el sentido que si no se aplican los beneficios del nuevo decreto (no hay ninguno) se podrá seguir otorgándolo en los términos de las leyes respectivas. Otra opinión es en el sentido de que esta nueva Ley solo viene a imponernos nuevos requisitos de deducibilidad y de control y que se tiene que aplicar a las ayudas alimentarias que ya se venían otorgando a los trabajadores. Esperemos que las autoridades respectivas lo aclaren de manera inmediata.
“Lo más incomprensible del mundo es el impuesto sobre la renta" Albert Einstein
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