lunes, 20 de junio de 2011

Ley de ayuda Alimentaria para los trabajadores

El día 17 de enero se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley  de Ayuda alimentaria para los trabajadores.  Según la  exposición de motivos esta ley  tiene  por objeto promover y regular la instrumentación de esquemas de ayuda alimentaria en beneficio de los trabajadores, con el propósito de mejorar su estado nutricional, así como de prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente y proteger la salud en el ámbito ocupacional.  La ley  establece que Los patrones podrán optar, de manera voluntaria o concertada, por otorgar a sus trabajadores ayuda alimentaria en alguna de las modalidades establecidas en la propia ley de referencia.   Se señala  que los patrones podrán  establecer esquemas de ayuda  alimentaria consistentes en  comidas proporcionadas en comedores,  restaurantes o cualquier otro tipo de establecimiento,  también se refiere a que la  ayuda  alimentaría podrá otorgarse en    despensas consistentes en canastillas de alimentos  o en vales  en formato impreso o electrónico.  Hasta  aquí se puede pensar que dicha Ley  es favorable  ya que  esta velando por la  alimentación de los  trabajadores de la empresa, el problema se presenta que la  ayuda alimentaria es  opcional para los patrones tal y como ya  esta regulada tanto en la Ley del Seguro Social y en la Ley  del  Impuesto Sobre la Renta, esta nueva Ley no trae ningún beneficio o  estimulo adicional para el patrón y por el contrario impone sanciones muy  fuertes en caso de incumplimiento de los procedimientos que se establecen en caso de alguna de irregularidad  en los controles administrativos.  Lejos de fomentar la  ayuda alimentaria para los  trabajadores, esta Ley lo inhibe en  virtud de las sanciones y  requisitos,  La pregunta que se hacen todas las empresas que  ya tienen un programa de ayuda alimentaria o de vales de despensa en las empresas, es  si tienen que cumplir con los nuevos requisitos de la nueva Ley,  aquí hay  dos opiniones encontradas, la primera en el sentido que si no se aplican los  beneficios del nuevo decreto (no hay ninguno) se podrá seguir otorgándolo en los términos de las leyes  respectivas.  Otra opinión es en el sentido de que  esta nueva Ley solo viene a imponernos nuevos requisitos de deducibilidad y  de control y que se tiene que  aplicar a las  ayudas alimentarias que ya se venían otorgando a los trabajadores.  Esperemos que las autoridades respectivas lo  aclaren de manera inmediata.
Lo más incomprensible del mundo es el impuesto sobre la renta" Albert Einstein

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