La propiedad intelectual está
integrada por el derecho de autor y la propiedad industrial. El primero protege
la forma de presentación de las ideas, pero no las ideas en sí mismas. Esto
incluye las obras literarias y artísticas, incluido el software. Por su parte,
la propiedad industrial incluye las invenciones y los signos distintivos. En el
caso de las invenciones existen varias figuras jurídicas que protegen la forma
del producto y la función que lo diferencia de los demás. La protección no es
renovable y una vez que expira, pasa al dominio público. En este caso, el
inventor da a conocer su invento a cambio de un monopolio temporal y provoca el
desarrollo acelerado de la tecnología. Adicionalmente, existe el secreto
industrial, que dura tanto como el secreto se conserve. Ejemplo de ello es la
formulación de una de las bebidas de Cola que mas se vende en el mundo, en
México la Ley Protege la propiedad
industrial mediante la regulación y otorgamiento de patentes de invención;
registros de modelos de utilidad, diseños industriales, marcas, y avisos
comerciales; publicación de nombres comerciales; declaración de protección de
denominaciones de origen, y regulación de secretos industriales, muchas
personas que explotan un giro comercial
o una marca no la tienen registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad
Industrial, y existen casos donde otras personas se
apropian del nombre y lo registran obteniendo así beneficios por una marca que no fue de su
creación. Todas las personas que hayan
diseñado una marca y la estén explotando
deben registrarse para darle certeza jurídica a su creación, en estos tiempos tan competitivos
se necesitan ideas y marcas nuevas y
estas deben registrarse por la
persona que las ha desarrollado y así
tener la oportunidad de poder franquiciar dicha marca y abrir nuevas oportunidades de negocios. “Los
derechos de propiedad no solo son una fuente de libertad económica, también son
fuente de libertad política”
Milton Friedman.
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