El Servicio de Administración Tributaria (SAT), ha estado mandando invitaciones de pago ( no le puedo llamarlo de otra forma), en las cuales establece que ha detectado depósitos en efectivo en las instituciones de crédito a nombre del contribuyente, en el documento que envía el SAT, señala el importe de depósitos y determina una supuesta cantidad a pagar por concepto de ISR, y además señala que se pueden cubrir en parcialidades. El documento que envía la autoridad fiscal no contienen ningún fundamento legal ni motivación, requisito indispensable para cualquier acto de autoridad, no es tampoco un requerimiento de obligaciones omitidas solo es un aviso ha detectado omisiones y nos invita a pagar antes de iniciar sus facultades de comprobación, y antes de que procedan las multas respectivas. Si lo vemos del punto de vista de que la autoridad nos trata de evitar una sanción por incumplimiento en el pago de contribuciones sería algo favorable, aquí lo desfavorable es en la forma de hacer las cosas, la autoridad emitió invitaciones a todas aquellas personas que tienen depósitos en efectivo sin tomar en cuenta que no todos los depósitos a las cuentas bancarias son necesariamente ingresos. En el caso particular de una persona que me consulto, recibe cada semana un depósito de 2,000.00 como pago de una pensión alimenticia y el SAT le determino ingresos anuales por 104,000.00 y un impuesto a cargo por $ 31,200. Los ingresos de esta persona no deben de pagar impuestos ya que se derivan de una obligación a cargo de un tercero para el pago de alimentos a los hijos menores de edad. Existen otros casos donde también se determinan ingresos he impuesto sobre depósitos que no son acumulables. Lo más asombroso es que a dicho escrito se acompaña el recibo de pago para que acudamos a una sucursal bancaria a efectuarlo. No establece la autoridad en su invitación algún portal o instancia para hacer la aclaración respectiva.
“Los impuestos es el precio que pagamos por una sociedad civilizada” Oliver Wendell Holmes.
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