martes, 13 de diciembre de 2011

Los Notarios

Leí en una revista un  artículo donde una persona propone que los Notarios deberían desaparecer y habla en su  artículo  de que existe rentismo Notarial, y procede a señalar algunos hechos para tratar desprestigiar a esta institución del Notariado.  Creo que la mayoría de nosotros si no es que todos, en algún momento de nuestras vidas hemos tenido  que acudir al notario para diversos trámites, expedición de documentos o  certificación de otros, los que desarrollan alguna actividad profesional o comercial tienen que  hacerlo de manera regular, la  mayoría de las personas tenemos confianza en los Notarios, sabemos que  sus actos tienen  fe Pública y que esta apegados a la legalidad. Para  poder ser Notario se requiere Título de Licenciado en Derecho, y  ¿cuál  actividad de los Abogados tiene ese prestigio y  ese reconocimiento que tienen los Notarios?, lamentablemente los   abogados en ocasiones no gozan de muy  buena reputación. Casi nade tiene confianza en la impartición de Justicia de parte de nuestros Tribunales.  Se imaginan ustedes si se eliminaran los Notarios y  todos los tramites pasaran a alguna entidad de gobierno, con el burocratismo y la corrupción que  existen, se imaginan los  errores, fallas, tiempo perdido, falta de confianza, y tal vez el cobro excesivo por los tramites que hoy hacemos ante Notario, además que podemos  escoger aquel que nos inspira más confianza o que nos ofrezca mejor servicio.  Una de las críticas que se hacen a los Notarios en el Articulo que leí, es que obtienen ingresos muy por encima de lo que gana un profesionista  en promedio,  lo cual en lugar de ser una crítica para mí es un acierto, ya que de esa manera se inhiben los  actos de corrupción, no tiene nada de malo tener profesionistas bien preparados y bien pagados como lo es el caso de los Notarios.
"Ten fe en el derecho, como el mejor instrumento para la convivencia humana; en la justicia, como destino normal del derecho; en la paz, como sustitutivo bondadoso de la justicia. Y sobre todo, ten fe en la libertad, sin la cual no hay derecho, ni justicia ni paz". Eduardo J. Couture

Reservas Internacionales. Máximo histórico

Las reservas internacionales de México alcanzaron su máximo histórico al superar los  138 mil millones de dólares, Las reservas del país cubren 2.96  veces el monto de billetes y monedas en circulación y representan 4.4 veces las importaciones promedio en el periodo enero a agosto del presente año.   Las  reservas del país constituyen un ahorro, una especia de blindaje para cualquier contingencia económica y  permite enfrentar movimientos especulatorios  contra el peso ya que aunque tengamos un sistema de libre flotación del tipo de cambio, el Banco de México ha tenido que intervenir en algunas ocasiones para detener la caída de nuestra moneda, ya que el Banco de México, mantiene el tipo de cambio peso-dólar, aunque lo niegue, ya que interviene cuando es necesario controlar la paridad tanto a la baja como a la alza. Una  reserva tan alta en dólares a los únicos que beneficia   realmente es a los  Estados Unidos, ya que las  reservas en dólares de todo el mundo le permite financiarse ya que el dólar se maneja como un producto y su  respaldo es precisamente la capacidad de producción de los Estados Unidos, el Banco de México debería de utilizar al menos en parte las reservas en beneficio de todos los mexicanos, siendo cuidadosos  de la manera de inyectar  dólares a la economía ya que el  valor del peso se elevaría fuertemente, lo cual deprimiría las exportaciones no petroleras y reduciría el empleo en nuestro país.  Aunque lo niegue el Banco de México,  el tener reservas internacionales tan altas representa un costo para la economía del país.  Además que los mexicanos desconocemos en que invierte el Banco de México nuestras  reservas, ya que el ahorro es de todos los mexicanos. Es sano  tener reservas pero el monto acumulado por el Banco de México  es tan excesivo que ya constituye un costo para nuestro país. Un llamado aquí a nuestros legisladores para que aprueben leyes que regulen el manejo de nuestras reservas internacionales para que no estén al arbitrio de una sola persona o bajo los intereses de un grupo o de otro país.
“Tenemos aproximadamente el 60% de las riquezas del mundo, pero sólo el 6,3% de su población”. George Kennan Departamento de estado, Estados Unidos 1948.

Detecta el SAT omisión de ingresos por depósitos no declarados.

El Impuesto a los Depósitos en Efectivo y que inicio su vigencia el 01 de julio del año 2008, empieza a rendir frutos para las autoridades fiscales, no precisamente por su recaudación, si no, como órgano fiscalizador , ya que  el  SAT detecto omisión de ingresos por depósitos no declarados por los contribuyentes en el ejercicio fiscal de 2009 por 90 mil millones de pesos.  Lo más seguro es que el SAT inicie sus facultades de comprobación y determine créditos fiscales a todas aquellas personas que, según el SAT no acumularon la totalidad de  los ingresos, al haber detectado depósitos superiores a los declarados por los contribuyentes.  El SAT tendrá que considerar que no en todos los casos los depósitos constituyen ingreso para las personas, por  ello se tendrá que acreditar ante el SAT el origen de los mismos.   Esperemos que dicha campaña no sea agresiva de parte de las autoridades fiscales y les dé la oportunidad a  todos los contribuyentes de aclarar el origen de sus depósitos, ya que al parecer el SAT implementara un programa pero solo para algunos contribuyentes, ya que aquellos causantes con depósitos no registrados en las declaraciones hasta por 500 mil pesos van a comenzar a recibir en un par de semanas, auditorías del SAT para que aclaren la procedencia de los recursos. Para los que se sitúen entre 66 mil y 499 mil pesos de depósitos en efectivo no declarados, se les entregará una declaración prellenada para que cumplan sus obligaciones. A muchos incluso se les facilitará el darse de alta con un RFC. El SAT permitirá a estos causantes realizar aclaraciones que puedan ser pertinentes vía una página de Internet y con un folio con el que podrán acceder a su base de datos.  El  SAT  está trabajando ya también con las declaraciones del ejercicio del 2010, para detectar  irregularidades en los depósitos de los contribuyentes.
"Mis amigos y yo hemos sido mimados durante mucho tiempo por un Congreso amigo de los multimillonarios. Es momento de que nuestro gobierno se ponga serio sobre el sacrificio compartido". Warren Buffett (millonario que se quejó de los pocos impuestos que paga).

La Academia Fiscal Mexicana

El fin de semana pasado estuvo en esta ciudad de Mexicali el Dr. Jorge García Landa, presidente de la Academia Fiscal Mexicana (AFIME) el organismo más importante en materia fiscal, tributaria y económica en nuestro país, sus miembros son académicos e investigadores. La Academia Fiscal Mexicana, Colegio de Especialistas Fiscales, A.C.  “AFIME” fue fundada en la Ciudad de México, Distrito Federal, en octubre de 1980, por un grupo de profesionistas de diferentes disciplinas, especializados en el área fiscal. Sus miembros fundadores son egresados y alumnos de instituciones de educación superior y de postgrado, de reconocido prestigio. Tiene como propósito fomentar y promover, tanto a nivel nacional como internacional, la enseñanza y, en general, la difusión de los conocimientos fiscales, contables, financieros, legales y patrimoniales, contribuyendo así a crear una conciencia general del conocimiento. En 1999, la AFIME recibe el reconocimiento de la Secretaría de Educación Pública como Colegio Profesional de Especialistas Fiscales, único en su género, al agrupar a profesionistas especializados en el área fiscal.  La AFIME  agrupa  Contadores Púbicos, Licenciados en Derecho y Licenciados en Economía. El   Dr. Jorge García Landa estuvo en esta  ciudad invitado para el  evento de inauguración de las nuevas oficinas de la  Firma profesional que represento.  En su estancia en Mexicali el Presidente del Organismo manifestó los avances que se ha tenido en los últimos  años y el crecimiento de la Academia al  firmar  alianzas con el Instituto de Capacitación Empresarial A.C. y con   con el  Colegio de Contadores  Públicos del Valle de México. La   AFIME fue fundada por el C.P.  Carlos Orozco Felgueres,  Excepcional hombre creativo y visionario, a quien la docencia, la academia colegiada, la contaduría pública y el sector empresarial, de nuestro país, le reconocen como ilustre Fiscalista y promotor de la cultura y desarrollo patrimonial.  Este tipo de instituciones fortalecen la capacitación de los profesionistas del derecho tributario y fiscal. En su visita en Mexicali el Dr. Jorge García Landa, manifestó su intención de crear el Capitulo Baja California de este importante Colegio de Profesionistas.
"El conocimiento es el alimento del alma". Platón

Gestión de cobros en INFONAVIT

En  los últimos meses he  recibido comentarios de mi clientes en el  sentido que el INFONAVIT efectúa llamadas de recordatorio para el pago de las aportaciones y de las amortizaciones ha dicho instituto, sin embargo uno de mis clientes me manifestó  que dichas llamadas han constituido ya un acoso de parte de dicho organismo en virtud de que tres o cuatro días antes del vencimiento de las aportaciones recibe llamadas advirtiéndole que si no paga de manera puntual y oportuna se le enviara un interventor y procederá en su contra el procedimiento administrativo de ejecución.  Ignoro si dicha gestión de cobro la hace personal adscrito al organismo o lo hacen los  despachos que el INFONAVIT  contrata para recuperar los créditos fiscales, que para el caso sería lo mismo ya que las llamadas las hacen a nombre del Instituto.  El INFONAVIT, es una autoridad administrativa, y las autoridades administrativas solo pueden  hacer lo que la Ley les faculta, no existe norma legal alguna que faculte al INFONAVIT, para hacer  ese tipo de llamadas intimidatorias, que solo causan molestia al contribuyente.  El  INFONAVIT  se había distinguido por ser una autoridad fiscal noble, que aplicaba sus procedimientos de ejecución apegado a la ley y dándole oportunidad al contribuyente de regularizarse, desconozco porque el cambio de estrategia pero lo considero muy lamentable.  No sé con fundamento en que Ley,  el  INFONAVIT efectúa llamadas antes de vencer el plazo para cubrirlas, y más aún advierte al contribuyente de las sanciones en caso de no cumplir en tiempo y  forma, lo más curioso de todo es que los clientes que se han quejado de este hostigamiento son contribuyentes cumplidos ya que no tienen  adeudo alguno con INFONAVIT, da la impresión que al ser contribuyente cumplido el INFONAVIT quiere cerciorarse que así siga, pero equivoca su  estrategia y solo causa molestia y una muy mala impresión. Las leyes tributarias, específicamente el Código Fiscal de la Federación regula las facultades de las autoridades fiscales y en ningún artículo señala o establece que se puedan hacer llamadas  telefónicas a los contribuyentes.
NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO” Artículo 16 Constitucional.

lunes, 12 de diciembre de 2011

Paquete Económico 2012

En días pasados el Ejecutivo Federal presento ante el Congreso de la Union el paquete económico para el ejercicio fiscal 2012, se presentaron entre otros la iniciativa de la Ley de Ingresos y  diversas modificaciones a las leyes fiscales. En cuanto a novedades fiscales Se propone elevar a rango legal disposiciones que se encuentran en reglas de carácter general relativas a requisitos de los comprobantes fiscales y estados de cuenta. Adicionalmente, se plantea suprimir algunos requisitos de los comprobantes fiscales como son el nombre, denominación o razón social y domicilio fiscal de quien los expide y conservar solamente su clave del registro federal de contribuyentes. Esta última propuesta llama la atención, ya que es importante recordar que las facturas también se utilizan para demostrar la propiedad de bienes, y si se elimina ese requisito, podría resultar impráctico. Se plantea que el plazo para la prescripción de la acción penal únicamente se interrumpa con el ejercicio de dicha acción, por lo que no se interrumpirá con la querella formulada por las autoridades fiscales, ni con ninguna de las actuaciones de la autoridad ministerial.  En cuanto al Impuesto Sobre Tenencia y uso de vehículos La Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2012 no lo incluyel, pues con las reformas del 2007 se previó que este impuesto dejara de ser una potestad federal, para convertirse en estatal a partir del 1° de enero de 2012 ( en Baja California ya nos adelantamos y  desde esta año se cubrió este impuesto de forma estatal). Se propone facultar a las entidades federativas adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal para que puedan establecer impuestos locales a las ventas y servicios al público en general, conforme a las disposiciones legales que para tal efecto establezcan sus legislaturas locales, a una tasa máxima de 5%. (IVA ESTATAL?). En materia económica se estima que la economía mexicana tenga un crecimiento de 3.5. Se quedan muchas modificaciones pendientes en materia tributaria. Sigue sin haber una reforma fiscal de fondo.
“Estoy a favor de reducir impuestos bajo cualquier circunstancia y por cualquier excusa, por cualquier razón, en cualquier momento en que sea posible” Milton Friedman.

Acciones Colectivas, se publican reformas

El 29 de Julio del 2010, se adiciono un tercer  párrafo al  articulo 17 constitucional  recorriéndose el orden de los párrafos subsecuentes, el  párrafo adicionado establece que” El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Los jueces federales conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos”. Los cambios al artículo 17 de la carta magna entrarán entraron en vigor el dia 30 de Julio  y empezará a correr el plazo de un año para que el Congreso apruebe leyes secundarias. Uno de los aspectos que deberá precisar la legislación secundaria se refiere a cuáles son las materias en las que operarán las acciones colectivas. La figura de Acción Colectiva es una herramienta jurídica para que los alcances de un fallo sean válidos para un grupo de personas que se encuentren en la misma situación de quien interpuso un juicio contra alguna institución. El gran referente en esta materia es Estados Unidos, donde este derecho se conoce como Class Action, que permite litigios colectivos en todo tipo de materias como accidentes, responsabilidad por productos, competencia económica, derechos de autor, propiedad industrial, derechos de accionistas, entre otros. Este es un esfuerzo ciudadano, político, económico, pero sobre todo un verdadero avance para México. No podemos soslayar que durante muchos años han quedado sólo en manifestaciones de buena voluntad los “acuerdos” por la construcción de una ciudadanía fuerte que consolide la calidad, por lo que la aprobación de esta reforma es fundamental. Las Acciones Colectivas son instituciones procesales que permiten la defensa, protección y representación jurídica colectiva de derechos e intereses de los miembros de una colectividad o grupo dentro de una sociedad., como antecedente podemos señalar el hecho de que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejerció su facultad de atracción para analizar un amparo promovido por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), con base en la figura jurídica de “acciones de grupo”, en contra de la sentencia de un tribunal unitario que absolvió a una empresa constructora de la devolución del pago de compraventa de viviendas de interés social que presentan fallas estructurales. Con fecha 30 de agosto del presente, con un mes de retraso se publicaron las reformas a que el Congreso de la Unión estaba obligado a efectuar a los diversos ordenamientos para que la figura de la Acción Colectiva tuviera un marco jurídico. Se reformaron entre otras, el  Código de Procedimientos Civiles y Código Civil Federal,  
“Si el Derecho se contrapone con la Justicia, inclínate por la Justicia”. Eduardo J. Couture